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Consar

Consar organismo regulador del SAR

Consar es la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro que actúa  primordialmente como regulador independiente y en forma desconcentrada de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para garantizar la protección y adecuada administración del ahorro para el retiro de los trabajadores mexicanos. Propósito que cumple bajo un entorno de transparencia y normatividad informándolos sobre sus derechos.

El Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) constituido por las cuentas individuales, propiedad de los trabajadores cuyas aportaciones provenientes del trabajador, patrón y gobierno, son administradas por las Afore es decir las Administradoras de Fondos para el Retiro para ser puestas a la disposición de los trabajadores al momento de su jubilación.

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Principales facultades de la Consar

La Consar está facultada para a) regular la operación de los sistemas de ahorro para el retiro, al igual que la transmisión, el manejo e intercambio de información entre las dependencias y entidades administrativas públicas, los institutos de seguridad social y participantes de tales sistemas, determinando los procedimientos para su buen funcionamiento; b) expedir las disposiciones a la que se sujetan los participantes de los sistemas de ahorro para el retiro con respecto a su constitución, organización, funcionamiento, operaciones y participación en los sistemas de ahorro para el retiro, en el caso de las instituciones de crédito sólo aplica en lo conducente; c) emitir en lo que le compete, la regulación a que se sujetarán los participantes de dichos sistemas, al igual que las reglas para la operación y pago de los retiros programados; d) establecer las bases de colaboración entre las dependencias y entidades públicas participantes en la operación de los sistemas en cuestión; e) otorgar, modificar o revocar las autorizaciones propias de esta ley, a las administradoras y sociedades de inversión; teniendo conocimiento de los nombramientos de consejeros, directores generales, funcionarios y comisarios de los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro, sin considerar a las instituciones de crédito. Dichas facultades entre varias otras de las que en su calidad de Comision Nacional le competen de acuerdo al artículo 5° la ley de los Sistemas de Ahorro para el retiro (SAR).

Consar

Consar informa de la rentabilidad de la inversion del SAR

La Consar rinde un informe trimestral al Congreso de la Unión sobre los Sistemas de Ahorro para el Retiro, cuyo reporte contempla un análisis detallado de los portafolios de inversión de las sociedades de inversión según dispone el artículo 43 de la Ley de dichos sistemas; la adquisición de valores extranjeros correspondientes al portafolio de cada Sociedad de Inversión reflejando los rendimientos generados; así como las medidas de protección a los recursos de los trabajadores, estadística de los trabajadores registrados por administradora desglosando el número de semanas de cotización, número de trabajadores, aportaciones, rango de edad y sexo, y cotización promedio de los trabajadores, tal información por administradora y por instituto de seguridad social o no afiliados, según sea el caso. Dicha información clasificada por administradora referente a montos de rendimiento neto y rendimiento neto real pagados a los trabajadores, al cobro de comisiones. Y por ende, dar a conocer a la opinión pública sobre comisiones, número de trabajadores registrados en las administradoras, estado de situación financiera, estado de resultados, composición de cartera y rentabilidad de las sociedades de inversión, cuando menos en forma trimestral. Port otro lado, la Consar está constituidad por órganos de gobierno tales como la Junta de Gobierno, la Presidencia y el Comité Consultivo y de Vigilancia.

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